Nocion general de procedimiento

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1. Definicion de procedimiento

1.1. Una actuación que se desarrolla a partir de un trámite judicial. Asimismo se asume el respeto por diversas normas que están fijadas por la Ley.

1.2. Fases del procedimiento

1.2.1. iniciación de procedimiento

1.2.1.1. El artículo 48 de la (LOPA) establece el procedimiento se iniciará a instancia de parte interesada, mediante solicitud, o de oficio.

1.2.1.1.1. Iniciación a instancias de las partes

1.2.1.1.2. Iniciación de oficio

1.2.1.2. La iniciación, es la primera y necesaria etapa de todo procedimiento. Iníciese de oficio o a solicitud de parte interesada, todo procedimiento debe regirse por los principios y reglas de alcance general, consagrados en esta ley.

1.2.2. Sustanciación

1.2.2.1. Constituye la fase fundamental del procedimiento, cabe destacar que en el desarrollo o transcurso de la misma se realizan los actos en virtud de los cuales, se determina, se conoce, y se comprueban los datos (de hecho y de derecho) acerca de la fundamentación de la resolución definitiva del procedimiento. ART.53 de la (LOPA).

1.2.2.2. Comprende la apertura de expediente, notificación, solicitudes, o informes para la resolución.

1.2.3. Terminación

1.2.3.1. La Terminación, es la etapa final del procedimiento este consiste en adoptar el acto que pone fin al mismo.

1.2.3.1.1. Tiene 2 etapas

1.2.4. Ejecución

1.2.4.1. PRINCIPIO IN EXECUTIO SINE TITULO

1.2.4.1.1. Ejecución Voluntaria

1.2.4.1.2. Ejecución Forzosa (Articulo 79. LOPA)

1.2.4.2. Fundamentado en el Articulo 78 de la LOPA

2. Referencias

2.1. - http://www.ulpiano.org.ve/revistas/bases/artic/texto/RDUCAB/64/UCAB_64_201 0_11-39.pdf. - Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. - Libro derecho administrativo. Parte general Autor: José Araujo-Suarez Edición paredes - http://www.ine.gov.ve/documentos/INE/BasesLegales/pdf/comentariosLeyOrgani ca.pdf

3. Sirve para garantizar la actuación administrativa, la cual no puede ser arbitraria y discrecional debido a que debe someterse a las reglas del procedimiento.

3.1. Desde un punto de vista tecnico

3.1.1. consiste en una pluralidad de actos o en un encadenamiento de actos tramitados según un orden y formas de proceder, en función del fin o del acto perseguido, que es la decisión administrativa que pretende proferir el Órgano o ente público.

3.2. Caracteristicas

3.2.1. Pluralidad: En el procedimiento confluyen múltiples actos jurídicos que, si bien se dirigen a un mismo fin, cada uno cumple su función específica.

3.2.2. Individualidad: Cada acto administrativo conserva su singularidad.

3.2.3. Temporalidad: Los actos se proyectan en un concreto marco temporal a través de una determinada estructura o disposición.

3.2.4. Coordinación: Existe un desarrollo secuencial porque el acto posterior viene legitimado por el acto anterior.

3.2.5. Progresividad: Es necesaria la ordenación de los actos del procedimiento en distintas etapas o fases procedimentales.

3.2.6. Instrumentalidad: Todos los actos se avocan a la consecución de un determinado fin, que es el que le corresponde a cada procedimiento administrativo

3.3. Diferencia del acto administrativo con el procedimiento civil

3.3.1. Administrativo

3.3.1.1. 1) Son procedimientos en sedes administrativas.

3.3.1.2. 2) Las partes son: la administración y un particular.

3.3.1.3. 3) Se rige por el derecho público.

3.3.1.4. 4) Marco normativo en general (Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos).

3.3.1.5. 5) Culmina en un acto administrativo, emanado por la máxima autoridad del ente u órgano encargado de la administración pública.

3.3.2. Civil

3.3.2.1. 1) Son procedimientos en sedes jurisdiccional.

3.3.2.2. 2) Las partes son, dos particulares.

3.3.2.3. 3) Se rige por el derecho público.

3.3.2.4. 4) Marco normativo en general, el Código Civil y el Codigo de Procedimiento Civil.

3.3.2.5. 5) Culmina en una sentencia emanada de un Juez.

3.4. Principio del procedimiento administrativo

3.4.1. Se aplica una serie de principios que sirven de garantía para el administrado en la tramitación del expediente. Dichos principios surgen de las normas jurídicas, constitucionales y legales, así como de la jurisprudencia y la doctrina.

3.4.1.1. Principio doctrinario

3.4.1.1.1. Principio de imparcialidad del órgano que conoce y resuelve el asunto, el procedimiento administrativo se rige por ciertos principios que pertenecen al ordenamiento jurídico, y por tal motivo, se aplican también en sede administrativa.

3.4.1.2. Principios constitucionales

3.4.1.2.1. Según el Artículo 7 de la CRBV, es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución.

3.4.1.2.2. El artículo 131 establece: Toda persona tiene el deber de cumplir y acatar esta Constitución, las leyes y los demás actos que en ejercicio de sus funciones dicten los órganos del Poder Público.

3.4.1.2.3. En el artículo 137 de la Constitución: establece las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, a Ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas, esto es, para garantizar la situación jurídica de los particulares frente a la misma autoridad pública.

3.4.1.3. Principios legales y jurisprudenciales

3.4.1.3.1. Articulo 9 del Ley Orgánica de Procedimientos administrativos establece: Los actos administrativos de carácter particular deberán ser motivados, excepto los de simple trámite o salvo disposición expresa de la Ley. A tal efecto, deberán hacer referencia a los hechos y a los fundamentos legales del acto.

3.4.1.3.2. Artículo 51. Toda persona tiene el derecho de representar o dirigir peticiones ante cualquier autoridad, funcionario público o funcionaria pública sobre los asuntos que sean de la competencia de éstos, y a obtener oportuna y adecuada respuesta. Quienes violen este derecho serán sancionados conforme a la ley, pudiendo ser destituidos del cargo respectivo.